Seguimiento y evaluación del plan de igualdad

Durante la vigencia del Plan de Igualdad, las empresas están obligadas a poner en marcha las medidas acordadas y recogidas dentro del Plan. Para ello, es necesario realizar un seguimiento de estas medidas y la medición de los indicadores de realización, de forma que se asegure la implantación de las mismas.

MARCO NORMATIVO

Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre.
Establece la obligación de incluir la creación de una comisión u órgano concreto de vigilancia y seguimiento del mismo, con la composición y atribuciones que se decidan, en el que deberán participar de forma paritaria la representación de la empresa y la de las personas trabajadoras, En la medida en que sea posible, este órgano tendrá una composición equilibrada entre mujeres y hombres.

¿En qué consiste el seguimiento y evaluación de un plan de igualdad?

El seguimiento del Plan de Igualdad consiste en un análisis continuado para verificar lo que se está realizando, asegurar el cumplimiento efectivo de las acciones y los objetivos previstos y detectar posibles problemas.

La evaluación consiste es una valoración sistemática y objetiva de un Plan de Igualdad -en curso o concluido desde su concepción hasta los resultados obtenidos. Se trata de determinar la pertinencia de los objetivos, su grado de realización, la eficiencia, la eficacia, las repercusiones y la viabilidad del Plan.

 
Seguimiento y evaluación permiten identificar y reflexionar sobre las medidas adoptadas y los efectos de su aplicación en la empresa, para lo cual será necesaria la participación de todos los agentes involucrados (dirección, personal, comisión de igualad, RLT) cuya colaboración será garantía de la pertinencia de las conclusiones extraídas, de tal forma que se obtenga un conocimiento riguroso de la situación que permita corregir posibles deficiencias y hacer propuestas de mejora.

¿Qué tareas deben llevarse a cabo?

Aunque esta tarea recae sobre la Comisión de Igualdad que debe ser nombrada a tal efecto en la negociación del Plan de Igualdad, es importante contar con los recursos, conocimientos y experiencia necesarios para llevar a cabo los trabajos que exigen esta obligación por lo que es recomendable contar con una consultora especializada externa, asegurando que las medidas se llevan a cabo y que el plan de igualdad se implanta de forma correcta.

1. Realización del Seguimiento del Plan de Igualdad
Se deberá llevara a cabo un seguimiento de las medición de los indicadores y el grado de cumplimiento de las medidas. Para ello, se utilizarán modelos de fichas donde se recogerá de forma individual la medición de cada una.

Asimismo, con carácter semestral se deberán mantener reuniones de la comisión de igualdad donde se informe de este seguimiento y del nivel de cumplimiento de las mismas. Es importante acreditar de forma fehaciente mediante el levantamiento de actas, la realización de dicha reunión informando de los temas tratados y de los acuerdos adoptados.

2. Realización de la Evaluación del Plan de Igualdad
Es importante evaluar de forma continua la gestión del Plan de Igualdad, arbitrando las medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos marcados.
Asimismo, se deberán realizar modificaciones o incluir alguna medida si se detecta la necesidad de hacerlo.
Se deberá elaborar un informe semestral y uno anual de evaluación parcial, donde se refleje la revisión de los indicadores y la evolución de los objetivos alcanzados por cada medida.
Por último, una vez concluido el periodo de vigencia, se debe elaborar el informe de evaluación final del Plan de Igualdad.

3. Elaboración del Registro Retributivo
TODOS LOS AÑOS, la empresa debe elaborar el registro retributivo con las distintas situaciones contractuales correspondientes al año anterior.

¿Qué incluye nuestra propuesta de servicios?

Te acompañamos durante todo el proceso y nos encargamos de las siguientes tareas:

Seguimiento y evaluación del plan

Nuestros trabajos se centrarán en las siguientes actuaciones:

  • Realización del seguimiento semestral (medición de indicadores y cumplimiento de las medidas).
  • Elaboración del informe final de seguimiento.
  • Elaboración del informe de evaluación final.

Consultas y actualización normativa

  • Resolución de dudas y consultas así como asistencia técnica a la Comisión de seguimiento. Así mismo, en el caso de cambios normativos, actualización del Plan de Igualdad.

Sensibilización e información

  • En el caso de nuevas incorporaciones, se ofrecerá información sobre el cumplimiento de la empresa en materia de igualdad, así como formación y sensibilización en igualdad.

Elaboración del registro retributivo

  • De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, se elaborará con carácter anual el registro retributivo de la empresa.

¿Cómo podemos ayudarte?

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